Con el objeto de facilitar el ejercicio del derecho a comunicarse con la administración por medios electrónicos, se ha habilitado la posibilidad de realizar la presentación íntegra por estos medios de autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados a través del modelo 600.
Con independencia del canal por la que se realice la presentación (Plataforma Telemática de Pago y Presentación de Tributos y otros Ingresos, Plataforma de Gestión de Documentos o a través de los servicios web establecidos específicamente para determinados colectivos de colaboradores sociales) para perfeccionar la presentación el modelo 600, éste deberá ir acompañado necesariamente del documento comprensivo del hecho imponible (contrato privado, documento administrativo, etc.), que deberá ser incorporado y firmado por el presentador del documento en el mismo proceso de presentación.
Una vez perfeccionada la presentación se emitirá un justificante, modelo C09, en el que se certificará que se ha presentado la autoliquidación correspondiente al hecho imponible comprendido en el documento que se adjunta. El texto del justificante incluirá códigos seguros de verificación, CSV, tanto de la autoliquidación presentada como del documento comprensivo del hecho imponible. Esta certificación junto con la verificación a través de estos códigos permitirá acreditar el pago o el reconocimiento de la deuda derivada del impuesto, su exención o no sujeción ante órganos judiciales, bancos, cajas de ahorro, asociaciones, sociedades, funcionarios, particulares y cualesquiera otras entidades públicas o privadas ante los que se deba presentar el documento. De esta forma el justificante surtirá los mismos efectos que la diligencia de presentación incorporada al documento presentado en las dependencias de la Agencia Tributaria de Andalucía.