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Notas de Prensa

INFORMACIÓN SOBRE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS


Ante la preocupación por parte del Colegio de Graduados Sociales de la adaptación de los despachos a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD),  NEXOLAN  ha elaborado  una  serie  de  recomendaciones que permiten identificar y diferenciar un buen trabajo de asesoramiento e implantación de la LOPD de los fraudes que están proliferando en este sector.

La adecuación a la LOPD no es un mero trámite.

En estos días se pondrán en contacto desde NEXOLAN con vuestros despachos.

Ser conscientes de la importancia de implantar esta ley evitara caer en la tentación de contratar los servicios de empresas low cost sin especialización ninguna en el sector. Estas ofrecen la adaptación a la LOPD en tan solo unas horas y a precios ridículos, o incluso, a coste cero canjeando los créditos asignados algo que no nos va a servir de nada, y, que por lo tanto, estaremos expuestos a ser sancionados por la Agencia con multas de hasta 600.000€. Y es que todas las empresas, públicas o privadas, que traten datos de carácter personal, están obligados a implantar la Ley 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

A continuación le indicamos las principales claves para diferenciar una empresa especializada de este tipo a empresas low cost:

· Lo más importante para ofrecer un buen servicio de consultoría es conocer y analizar el despacho en cuestión. El auditor necesita conocer que datos maneja, su nivel, las relaciones con tercero, etc. Este conocimiento se adquiere a través de una entrevista personal.

· El auditor llevara a cabo la inscripción de los ficheros ante la Agencia. En las cartas que nos enviaran debe aparecer como persona que comunica a la empresa auditora y en ningún caso nuestro despacho.

 · El auditor les proporcionara un documento de seguridad, documento “vivo” que debe estar actualizado en todo momento. En ningún caso puede ser un documento vacío, debe de estar personalizado ya que será un fiel reflejo de nuestro despacho. No nos servirá documentos genéricos con protocolos estándar sin personalizar.

· El auditor nos facilitara contratos personalizados para firmar con todos nuestros colaboradores (gestorías, abogados,…) SI no firmamos el contrato, cualquier cesión de datos será ilícita y podremos ser sancionados de forma muy grave con multas de 300.000€.

. Recuerda, también debe firmarlo el auditor antes de que comience el proyecto. Las empresas low cost, por el contrario, no redactan ningún tipo de contrato y mucho menos firman este tipo de documentos, por lo que la responsabilidad es cero de cara a una sanción.

· Una empresa seria le entregará el texto legal que debemos incorporar en todos aquellos formularios que contengan datos y salgan fuera de la empresa incluida los que aparecen en su sitio Web. De esta manera cumplimos con el art.5 de  la ley que nos pide que obtengamos el consentimiento del interesado en la recogida de datos.

· Una empresa especializada realizara auditorias periódicas que verifiquen el cumplimiento de las medidas de seguridad y así actualizar el documento de seguridad. Además nos ofrecerá asesoramiento durante todo el año y siempre estarán disponibles ante cualquier duda que nos surja. Las auditorias son obligatorias. Las empresas low cost solo estarán en nuestro despacho unas horas y nunca más volveremos a verlos.

· La ley obliga a la firma de un contrato de prestación de servicios con la empresa consultora. Este punto es el más importante a la hora de identificar a la empresa low cost. Firmar dicho contrato es obligatorio, de esta manera, la empresa consultora será responsable de las posibles sanciones económicas que la agencia imponga. Por el contrario, las empresa low cost no firmaran ningún contrato con usted por lo que a la hora de la verdad, estas empresas no aparecen en ninguna parte  y no podremos obligarlas a que asuman su responsabilidad.

En resumen, las low cost se aprovechan del desconocimiento en la materia para cobrar sus servicios a precios irrisorios. Desde la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD) se intenta concienciar de lo peligroso que puede resultar contratar con este tipo de entidades fraudulentas. Nuestra recomendación es que no tire el dinero en algo que no le sirve. Asesórese y contrate empresas especializadas y acreditadas por la Agencia Española de Protección de Datos.

Para recibir más información pueden ponerse en contacto con Nexolan Consultores en el Telf. 629088484 o a través del correo consultoria@nexolan.es

Mª José Piquer Gámez

EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE GRANADA